Hoy integrantes de Antena Negra TV tomaron conocimiento de la causa que
cursa en el Juzgado Nacional N° 5, secretaría 8 a cargo del juez
Martínez de Giorgi en lo Criminal y Correccional, por INTERFERENCIA DE
LAS COMUNICACIONES. En la cual el demandante es la empresa multinacional
GIASA- PROSEGUR.
La Autoridad Federal de Tecnologías de la Información (AFTIC) y la
Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA)
fueron llamados a declarar el día 12 de agosto pasado en el marco de la
causa. AFSCA declaró la legalidad de Antena Negra TV como medio
comunitario, pero lo desprotegió indicando que ningún derecho los
ampara.
El argumento de la AFSCA es la falta de participación en concurso de
Antena Negra TV pero lo cierto es que nunca se abrió el concurso para
“Licenciatario Operador de Medios sin fin de lucro con cobertura en toda
Capital Federal”, la requerida por el canal. Es decir, el organismo
estatal encargado de hacer respetar el 33% del espectro radioeléctrico
para los medios sin fines de lucro les niega la licencia que luego le
exige para protegerlos de los privados.
En ese sentido, AFSCA se desentiende de la responsabilidad dándole vía
libre a AFTIC para que actúe. Por lo tanto, el viernes 4 de septiembre
la Policía Federal (PFA) junto con la AFTIC - quien absorvió a la
Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) - realizaron un violento
allanamiento en el canal de televisión comunitario Antena Negra TV. Se
llevaron todos los equipos de transmisión (transmisor, potencia,
computadoras) y dejó el espacio destruido (roturas de puertas,
computadoras, cámaras y todo lo que encontraron).
La PFA actúa por una orden de allanamiento y secuestro de equipos de
transmisión emitida por el magistrado Martínez de Giorgi, en donde se
imputa a un integrante de la cooperativa Antena Negra TV LTDA.
Desde que el canal comenzó a transmitir por la señal del canal 20 de la
Televisión Digital Abierta (506 a 512 Mhz) se vio presionado a salir
del aire por el argumento de PROSEGUR que indicaba que tenían permiso
para utilizar la frecuencia 511 mhz para radioenlaces entre la empresa y
la Policía Federal Argentina. Dicho uso de la señal por parte de la
compañía se encuentra en clara violación de lo dictaminado tanto por
leyes internacionales como nacionales.
Ante la ilegalidad del uso de la señal por parte de PROSEGUR y Antena
Negra TV, este último en su carácter de medio de comunicación tiene la
legitimidad del uso. El Decreto 2456 indica que la frecuencia es de uso
exclusivo para radiodifusión. Pese a eso la decisión política, que
responde a intereses económicos, fue secuestrar los equipos del canal
comunitario beneficiando a la empresa privada.
El usufructo de ese espacio fue cedido inconstitucionalmente a esta
empresa privada durante la presidencia de Carlos Menem, ya que Argentina
mediante Ley Constitucional 23.478, (que refrenda el convenio
internacional de Nairobi) asignaba esas frecuencias a radiodifusión, es
decir, radio y televisión abierta. Hoy en día, a pesar de la sanción de
la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual en octubre del 2009, la
situación sigue siendo la misma.
En el decreto 2456 con fecha 15 de diciembre del 2014, el propio Poder
Ejecutivo de la Nación ordenó la inmediata liberación de la frecuencia
correspondiente a la señal 20 por parte de cualquier servicio que no sea
radiodifusión, entregándola al exclusivo uso de Televisión Digital
Terrestre Abierta. Aun así, nada de esto se cumple en la práctica.
Desde la Red Nacional de Medios Alternativos (RNMA) creemos que la
comunicación no puede seguir siendo un negocio al que acceden unos
pocos, porque la comunicación no es una mercancía. Entendemos la
comunicación como un derecho: derecho a estar comunicados y a comunicar,
como así también al acceso libre a las tecnologías que lo permiten.
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